domingo, 26 de abril de 2015

'Caso shaolín': homicidio + alevosía = asesinato

Y homicidio + ensañamiento = asesinato. Y homicidio + precio / recompensa / promesa = asesinato. Así lo establece el artículo 139 del vigente Código Penal. La alevosía es una circunstancia agravante que convierte un homicidio en asesinato. Esto ya se explicó en su día en este blog, y con la misma frase, con motivo de otro crimen que conmocionó a la sociedad española.

El titular a continuación, visible en la web de RTVE, es incorrecto:



La alevosía no es algo que complemente a un asesinato -a eso suena el titular analizado-, sino algo que da a la muerte violenta de una persona la categoría -aún más execrable- de asesinato. Matar a alguien con ensañamiento -por ejemplo, asestándole decenas de puñaladas- también es un asesinato, y lo mismo ocurre cuando el crimen se comete a cambio de dinero o cualquier tipo de recompensa. Eso dice el actual artículo 139. 

La Ley Orgánica 1/2015, que modifica el Código Penal y entrará en vigor el próximo 1 de julio, añade al 139 otra circunstancia agravante: también será reo de asesinato el que matare a otro "para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra" (ver página 54 del siguiente enlace). 

A estas alturas, habrá quedado claro que un homicidio es menos grave que un asesinato. ¿Algún ejemplo de homicidio? Que alguien mate a otro sin haberlo premeditado, como puede ocurrir en una pelea en la que a uno de los contendientes se le vaya la mano. Ahí no hay alevosía, ni ensañamiento ni ninguna otra de las circunstancias del artículo 139.

En el juicio al falso monje shaolín, quien mató a dos mujeres en Bilbao en 2013, el portavoz del jurado dijo textualmente (ver vídeo de RTVE): "Se le ha declarado culpable al acusado... técnicamente estaríamos hablando de dos delitos de asesinato con alevosía, mientras que no se ha considerado acreditado que hubiera obrado con ensañamiento en el segundo de los asesinatos". 

El artículo 8 de la vigente Ley del Tribunal del Jurado establece los requisitos para que un ciudadano pueda ser jurado. Se resumen en que hay que ser español, mayor de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino del lugar donde se cometió el delito y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado. 

La verdad, no son unas condiciones muy exigentes. No estaría de más que los jurados, al menos algunos de ellos, tuvieran unos conocimientos básicos de Derecho (el "delito de asesinato con alevosía" no existe; lo que existe es el delito de asesinato), y tampoco vendría mal una mejor expresión oral. Lo que el portavoz del jurado debió decir fue algo como esto: Declaramos al acusado culpable de dos delitos de asesinato. Estimamos que obró con alevosía para matar a sus víctimas, pero no consideramos acreditado que actuara con ensañamiento en el segundo de los crímenes

Cuando se juzga a quien haya matado a seres humanos es importante determinar si aparte de alevosía hubo ensañamiento, pues a más circunstancias agravantes, mayor pena para el autor del delito. Por eso hay titulares que destacan la decisión del jurado de no ver ensañamiento en la conducta del acusado. 

Valga que lo de "asesinato con alevosía" son palabras textuales del portavoz del jurado, pero la prensa tiene el deber de informar correctamente. Y si se limita a reproducir una frase errónea, sólo estará contribuyendo a que los lectores aprendan mal las cosasPor ello, en alguna parte del texto se debería explicar qué es la alevosía y cómo influye en los actos delictivos y en las penas que se les apliquen

Aquí van dos sugerencias para RTVE y para la mayoría de los medios, que no son pocos los que meten la pata:





Y si se prefiere destacar la falta de ensañamiento, valdría esto:


martes, 21 de abril de 2015

La fiscala y los 'periodistos'

La entrada de hoy se debe a este titular del digital El Diario:



Consuelo Madrigal ocupa desde enero de 2015 el cargo de fiscal general del Estado y así se refieren a ella la mayor parte de los medios de ámbito nacional, tanto en papel como en Internet. El Diario, en cambio, se decanta por el aún más femenino "fiscala"

Lo de aún más pretende recalcar que el sustantivo fiscal es un nombre común en cuanto al género, por lo que no resta ni un ápice de feminismo llamar a una mujer la fiscal. El artículo la ya deja claro de qué sexo es la persona aludida. 

Aunque la RAE acepta el término fiscala, suena muy forzado llamar así a las damas que ejercen el ministerio público en los tribunales. Y el caso concreto de la fiscal general no sólo no resulta discriminatorio, sino que además rima, no como el disonante fiscala general

Las terminaciones en -a o en -o suelen indicar el género de que se trate, femenino y masculino respectivamente. Suelen. Porque hay decenas de nombres de género común que acaban en -a: artista, pianista, guitarrista, flautista, novelista, albacea, centrocampista, guardameta, tenista, atleta, ebanista, geodesta, trapecista, cosmopolita, internauta, etc., y los varones que se encuadren en esas categorías no se sienten discriminados por una terminación que puede sonar más femenina que masculina. 

Llamar fiscala a Consuelo Madrigal tiene tanto sentido como llamar periodisto a Matías Prats, astronauto a Pedro Duque, gimnasto a Gervasio Deferr, alpinisto a Juanito Oiarzabal o ajedrecisto a Miguel Illescas: ninguno. Como tampoco lo tiene decir lingüisto a Ignacio Bosque, autor del informe Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer, de recomendable lectura.  

Es cierto que el idioma español tiene connotaciones machistas: el significado de expresiones y palabras como hombre público y zorro es positivo, pero ocurre todo lo contrario si se cambia el sexo de la persona aludida. Sin embargo, no se va a combatir de forma más eficaz la discriminación contra la mujer por llamar fiscalas a Consuelo Madrigal y sus compañeras de profesión. 

miércoles, 15 de abril de 2015

Mahmud Abbas o Abu Mazen, pero no Mazen a secas

Mahmud Abbas, presidente de Palestina, es también conocido como Abu Mazen. De hecho, es más frecuente que la prensa se refiera a él de la última forma. Abu es una palabra árabe que significa padre, y Mahmud Abbas tenía un hijo llamado Mazen Abbas. De ahí viene el sobrenombre Abu Mazen, padre de Mazen

Es una costumbre muy extendida en los países árabes llamar a hombres y mujeres recordando el nombre de sus hijos primogénitos. Sin ir más lejos, la madre de Mazen Abbas es Um Mazen. Y si se tienen hijas, también se conocerá a padre y madre como Abu y Um seguidos del nombre de la muchacha. Quien quiera comprobarlo, que vea por ejemplo la admirable película palestina El cumpleaños de Laila



Por todo esto, cuando se habla de Abu Mazen no se puede abreviar llamándolo Mazen a secas, ya que ese no es su apellido, sino el nombre de pila de su hijo mayor. De esta forma, lo subrayado en rojo en el texto a continuación es erróneo: 



Sí es correcto decir sólo Abbas en lugar de Mahmud Abbas, pues es habitual mencionar a personajes públicos directamente por su apellido. Y esto se puede poner en práctica tanto en el titular como en el cuerpo de la noticia cuando ese personaje ya ha sido presentado.

lunes, 6 de abril de 2015

No confundamos lo indeterminado y lo determinado

Ayer noche este era el titular principal en la web de El País:


Y, pocos minutos después, fue reemplazado por este:


La corrección fue acertada al sustituir un artículo indeterminado -un- por otro determinado -el-. El indeterminado habría sido correcto si también hubiese sido impreciso el número de espeleólogos españoles atrapados en el Atlas marroquí (Muere un segundo espeleólogo español en Marruecos). Pero si se sabe cuántos fueron los deportistas accidentados -tres- y ya se tenía noticia de la muerte de uno de ellos, lo apropiado es aplicar el artículo determinado, puesto que se está haciendo referencia a una persona en concreto. 

Como también podemos referirnos en concreto a sus compañeros: el primero de los espeleólogos fallecidos murió en el acto; el superviviente fue rescatado ileso

viernes, 3 de abril de 2015

Sturgeon, la independentista de no se sabe dónde

Muchas veces sólo se leen los titulares. Otras, los titulares y los subtítulos o sumarios que los acompañan y completan. Y al que sigue a este párrafo le falta alguna que otra aclaración:

Tras haber leído este texto publicado por la edición digital del periódico El Mundo, sabemos que se celebró un debate electoral en el Reino Unido y que lo ganó una mujer de apellido Sturgeon. Sabemos que fue la vencedora porque nos lo cuenta la firma especializada en encuestas YouGov. Pero lo que no sabemos es de quién quiere independizarse -o de dónde procede- Nicola Sturgeon, dado que el editor de esta crónica no nos lo dice. 

La política en cuestión no es tan conocida para los lectores españoles, luego no debería omitirse cuál es su tierra de origen, es decir, Escocia. Si hablamos de independentistas, en el Reino Unido no los hay únicamente escoceses, sino que también se encuentran en los territorios de Gales e Irlanda del Norte. Por ello, lo adecuado sería aclarar en alguna parte que Nicola Sturgeon es escocesa y / o que lidera un partido pro independencia de Escocia llamado SNP -Partido Nacional Escocés, por sus siglas en inglés-. 

¿Cómo hacerlo? Por ejemplo, resumiendo un poco más el titular (La independentista escocesa Sturgeon se gana a los británicos), pero hay otra forma que es quizá mejor: dando en el primer subtítulo más información sobre Sturgeon -y evitando así repetir su nombre en titular y subtítulo-. Y para aportar esos datos extra, sería útil mencionar el nombre del partido en el que milita la ministra principal de Escocia: El sondeo de YouGov proclama vencedora a la líder del SNP.