Y homicidio + ensañamiento = asesinato. Y homicidio + precio / recompensa / promesa = asesinato. Así lo establece el artículo 139 del vigente Código Penal. La alevosía es una circunstancia agravante que convierte un homicidio en asesinato. Esto ya se explicó en su día en este blog, y con la misma frase, con motivo de otro crimen que conmocionó a la sociedad española.
El titular a continuación, visible en la web de RTVE, es incorrecto:
La alevosía no es algo que complemente a un asesinato -a eso suena el titular analizado-, sino algo que da a la muerte violenta de una persona la categoría -aún más execrable- de asesinato. Matar a alguien con ensañamiento -por ejemplo, asestándole decenas de puñaladas- también es un asesinato, y lo mismo ocurre cuando el crimen se comete a cambio de dinero o cualquier tipo de recompensa. Eso dice el actual artículo 139.
La Ley Orgánica 1/2015, que modifica el Código Penal y entrará en vigor el próximo 1 de julio, añade al 139 otra circunstancia agravante: también será reo de asesinato el que matare a otro "para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra" (ver página 54 del siguiente enlace).
A estas alturas, habrá quedado claro que un homicidio es menos grave que un asesinato. ¿Algún ejemplo de homicidio? Que alguien mate a otro sin haberlo premeditado, como puede ocurrir en una pelea en la que a uno de los contendientes se le vaya la mano. Ahí no hay alevosía, ni ensañamiento ni ninguna otra de las circunstancias del artículo 139.
En el juicio al falso monje shaolín, quien mató a dos mujeres en Bilbao en 2013, el portavoz del jurado dijo textualmente (ver vídeo de RTVE): "Se le ha declarado culpable al acusado... técnicamente estaríamos hablando de dos delitos de asesinato con alevosía, mientras que no se ha considerado acreditado que hubiera obrado con ensañamiento en el segundo de los asesinatos".
El artículo 8 de la vigente Ley del Tribunal del Jurado establece los requisitos para que un ciudadano pueda ser jurado. Se resumen en que hay que ser español, mayor de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino del lugar donde se cometió el delito y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado.
La verdad, no son unas condiciones muy exigentes. No estaría de más que los jurados, al menos algunos de ellos, tuvieran unos conocimientos básicos de Derecho (el "delito de asesinato con alevosía" no existe; lo que existe es el delito de asesinato), y tampoco vendría mal una mejor expresión oral. Lo que el portavoz del jurado debió decir fue algo como esto: Declaramos al acusado culpable de dos delitos de asesinato. Estimamos que obró con alevosía para matar a sus víctimas, pero no consideramos acreditado que actuara con ensañamiento en el segundo de los crímenes.
Cuando se juzga a quien haya matado a seres humanos es importante determinar si aparte de alevosía hubo ensañamiento, pues a más circunstancias agravantes, mayor pena para el autor del delito. Por eso hay titulares que destacan la decisión del jurado de no ver ensañamiento en la conducta del acusado.
Valga que lo de "asesinato con alevosía" son palabras textuales del portavoz del jurado, pero la prensa tiene el deber de informar correctamente. Y si se limita a reproducir una frase errónea, sólo estará contribuyendo a que los lectores aprendan mal las cosas. Por ello, en alguna parte del texto se debería explicar qué es la alevosía y cómo influye en los actos delictivos y en las penas que se les apliquen.
Aquí van dos sugerencias para RTVE y para la mayoría de los medios, que no son pocos los que meten la pata:
Y si se prefiere destacar la falta de ensañamiento, valdría esto:
El titular a continuación, visible en la web de RTVE, es incorrecto:
La alevosía no es algo que complemente a un asesinato -a eso suena el titular analizado-, sino algo que da a la muerte violenta de una persona la categoría -aún más execrable- de asesinato. Matar a alguien con ensañamiento -por ejemplo, asestándole decenas de puñaladas- también es un asesinato, y lo mismo ocurre cuando el crimen se comete a cambio de dinero o cualquier tipo de recompensa. Eso dice el actual artículo 139.
La Ley Orgánica 1/2015, que modifica el Código Penal y entrará en vigor el próximo 1 de julio, añade al 139 otra circunstancia agravante: también será reo de asesinato el que matare a otro "para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra" (ver página 54 del siguiente enlace).
A estas alturas, habrá quedado claro que un homicidio es menos grave que un asesinato. ¿Algún ejemplo de homicidio? Que alguien mate a otro sin haberlo premeditado, como puede ocurrir en una pelea en la que a uno de los contendientes se le vaya la mano. Ahí no hay alevosía, ni ensañamiento ni ninguna otra de las circunstancias del artículo 139.
En el juicio al falso monje shaolín, quien mató a dos mujeres en Bilbao en 2013, el portavoz del jurado dijo textualmente (ver vídeo de RTVE): "Se le ha declarado culpable al acusado... técnicamente estaríamos hablando de dos delitos de asesinato con alevosía, mientras que no se ha considerado acreditado que hubiera obrado con ensañamiento en el segundo de los asesinatos".
El artículo 8 de la vigente Ley del Tribunal del Jurado establece los requisitos para que un ciudadano pueda ser jurado. Se resumen en que hay que ser español, mayor de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino del lugar donde se cometió el delito y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado.
La verdad, no son unas condiciones muy exigentes. No estaría de más que los jurados, al menos algunos de ellos, tuvieran unos conocimientos básicos de Derecho (el "delito de asesinato con alevosía" no existe; lo que existe es el delito de asesinato), y tampoco vendría mal una mejor expresión oral. Lo que el portavoz del jurado debió decir fue algo como esto: Declaramos al acusado culpable de dos delitos de asesinato. Estimamos que obró con alevosía para matar a sus víctimas, pero no consideramos acreditado que actuara con ensañamiento en el segundo de los crímenes.
Cuando se juzga a quien haya matado a seres humanos es importante determinar si aparte de alevosía hubo ensañamiento, pues a más circunstancias agravantes, mayor pena para el autor del delito. Por eso hay titulares que destacan la decisión del jurado de no ver ensañamiento en la conducta del acusado.
Valga que lo de "asesinato con alevosía" son palabras textuales del portavoz del jurado, pero la prensa tiene el deber de informar correctamente. Y si se limita a reproducir una frase errónea, sólo estará contribuyendo a que los lectores aprendan mal las cosas. Por ello, en alguna parte del texto se debería explicar qué es la alevosía y cómo influye en los actos delictivos y en las penas que se les apliquen.
Aquí van dos sugerencias para RTVE y para la mayoría de los medios, que no son pocos los que meten la pata:
Y si se prefiere destacar la falta de ensañamiento, valdría esto: